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Viernes, 23 de octubre de 2026
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Una vendedora de Neuquén recuperó las multas tras años de.transferencia pendiente

La Justicia condena al comprador de un automóvil a inscribirlo a su nombre y devolver el dinero pagado por infracciones queapinguearon cuando el vehículo seguía registrado a nombre de la vendedora.

Por Graciela BerardiSociedad y vida · · hace 2 h
Una vendedora de Neuquén recuperó las multas tras años de.transferencia pendiente

El alcune de 2024, una mujer de Neuquén abrió una carpeta con dos infracciones de tránsito que no había cometido y descubrió, una vez más, que laquileta de un problema anterior seguía abierta. Había vendido su automóvil en mayo de 2012, había firmado el Formulario 08 con firma certificada, había presentado la denuncia de venta el mismo día y había entregado al comprador toda la documentación necesaria. Sin embargo, la transferencia registral nunca se completó y el vehículo siguió figurando a su nombre.

Las multas, por el cruce de semáforos en rojo, llegaron años después de la operación. Para evitar mayores consecuencias legales, la vendedora las pagó. Antes de acudir a los tribunales, intentó resolver la situación en forma directa: envió dos cartas documento para pedir al comprador que regularizara la transferencia y le devolviera el dinero abonado. Ninguna fue retirada.

La compraventa probada sin un boleto firmado

El juez Javier Alarcón|ruconsideró probada la compraventa aunque no existiera un boleto de compraventa firmado. Para el magistrado, la acreditación de un contrato no depende de una sola prueba directa, sino de un conjunto de indicios graves, precisos y concordantes. En el caso, tomó en cuenta la denuncia de venta presentada el mismo día de la entrega del automóvil, el Formulario 08 con firma certificada, las infracciones registradas con posterioridad y el silencio del demandado durante el proceso.

“El silencio del demandado resulta determinante, escribió Alarcón en la sentencia.”Javier Alarcón, juez

La sentencia ordenó al comprador inscribir el automóvil a su nombre de inmediato y devolver a la vendedora la totalidad de lo que había abonado en multas de tránsito. La decisión reminds, con un caso concreto, que la transferencia registral no es un trámite menor ni una tarea opcional para quien compra un vehículo usado.

  • La denuncia de venta se presentó el mismo día en que la vendedora entregó el automóvil.
  • El Formulario 08 fue firmado con firma certificada.
  • El comprador no completó la transferencia registral dentro del plazo legal.
  • Las infracciones posteriores Multipartidas a nombre de la vendedora porque el vehículo seguía inscrito a su nombre.
  • El tribunalÁN relevó la denuncia de venta, el Formulario 08, las multas posteriores y el silencio del demandado como pruebas concordantes.

Para que la historia no terminara en una simple multa, la vendedora decidió llevar el reclamo a la Justicia. La combinación de documentos y_tacircunstancias dejó el expediente en un lugar incómodo para el comprador: el vehículo había sido entregado, los papeles habían sido firmados y la denuncia de venta constaba en el registro oficial, pero la transferencia nunca se había-TR Inscripto.

El fallo también recuerda cuál es la obligación central del comprador: gestionar la transferencia registral dentro de los diez días de cerrada la operación. Mientras eso no ocurra, el vendedor conserva la condición de titular oficial y puede quedar expuesto a las consecuencias administrativas y legales del auto, incluidas las multas. La vendedora, en este caso, esperó años para recuperar lo pagado y obtener que el vehículo dejara de estar a su nombre.

GB
Graciela BerardiSociedad y vida

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