Gas: qué cambia con el nuevo régimen de Zona Fría y quiénes pueden acceder a los descuentos
La Secretaría de Energía estableció una bonificación automática del 50% para las zonas alcanzadas y un beneficio adicional del 20% para determinados hogares de menores ingresos que quedaron fuera del mapa general.
El 50% de bonificación en la tarifa de gas se aplicará de manera automática a los usuarios incluidos en el nuevo mapa de Zona Fría, según la Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía. La medida alcanza los consumos registrados desde el 13 de octubre, cuando entró en vigor la ley que creó el esquema.
El beneficio comprende a usuarios residenciales y del Servicio General P que reciban gas natural o gas propano indiluido por redes en las regiones incorporadas al régimen. Las distribuidoras y subdistribuidoras deberán incluir la bonificación en la factura, sin que sea necesario presentar una solicitud.
Una cobertura menor que la anterior
El esquema vigente redujo el alcance del beneficio respecto del mapa ampliado en 2021. Cerca de 1,6 millones de hogares que formaban parte de esa cobertura dejaron de recibir la bonificación automática por su ubicación, entre ellos usuarios de Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría y Pergamino.
Para los hogares que quedaron fuera del régimen general, la resolución contempla una bonificación adicional del 20% sobre el Precio Anual Uniforme del gas, aplicada a los consumos base. Se trata de un descuento complementario al subsidio que ya reciben los usuarios inscriptos en el sistema de Subsidios Energéticos Focalizados.
Los requisitos para el descuento adicional
Para acceder a la bonificación del 20%, los usuarios deben reunir simultáneamente las siguientes condiciones:
- Estar inscriptos en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados.
- Residir en alguna de las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la norma IRAM 11.603/12.
- No estar incluidos en el esquema general de bonificación del 50%.
- Tener ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales y cumplir los demás criterios socioeconómicos previstos en la ley.
La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética identificará a los beneficiarios mediante el cruce de los datos geográficos con el registro de subsidios. El padrón resultante quedará a disposición del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, que notificará a las distribuidoras.
Por Mariana Gatica, Economía y campo.
