Jubilados porteños viajarán en subte sin pagar con solo apoyar el DNI en el molinete
La Legislatura de la Ciudad aprobó una ley que extiende la gratuidad del subte a jubilados y pensionados con hasta 2,5 haberes mínimos, sin límite de horario y sin necesidad de credencial. Faltan hasta 60 días para la reglamentación que habilitará el sistema.
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó una norma que habilita el viaje gratuito en subte para jubilados y pensionados residentes en el distrito, con el único requisito de apoyar el documento nacional de identidad en el molinete. La medida, que reemplaza el esquema previo basado en una credencial especial, regirá todos los días y durante todo el horario de servicio, sin restricciones de franja horaria.
Quiénes quedan comprendidos
El beneficio alcanza a jubilados y pensionados que perciban hasta 2,5 haberes mínimos previsionales y acrediten domicilio en la Ciudad. La ley también incorpora al personal retirado de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad que cumpla el mismo tope de ingresos y viva en territorio porteño. La habilitación tendrá una vigencia de cinco años, con posibilidad de renovación, siempre que el beneficiario mantenga las condiciones de residencia e ingresos previstas en la norma.
- Jubilados y pensionados con hasta 2,5 haberes mínimos.
- Retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad con el mismo tope de ingresos.
- Residencia acreditada en la Ciudad de Buenos Aires.
- Acceso válido todos los días, sin restricción de horario.
- Vigencia de cinco años, con renovación sujeta a las condiciones originales.
Cómo será el trámite y cuándo se podrá usar
Para activar el beneficio, el Gobierno porteño adelantó que el alta se gestionará en las sedes comunales con DNI, comprobante de domicilio en la Ciudad y una constancia que acredite el nivel de ingresos previsionales. Una vez registrado, el sistema habilitará el paso por el molinete mediante el documento, sin necesidad de plásticos adicionales. La sanción ya quedó firme, pero la puesta en marcha depende de la reglamentación, que deberá completarse en un plazo máximo de 60 días y definirá la operatoria técnica en cada estación, los puntos de validación y la fecha exacta en que el beneficio estará disponible para los usuarios.
