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Viernes, 16 de octubre de 2026
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El peón rural percibirá en octubre un básico superior al millón doscientos mil pesos y sumará adicionales por tarea, antigüedad y zona

La escala salarial de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario fija remuneraciones mínimas diferenciadas para el peón general, tractoristas, aplicadores de fitosanitarios, operarios de cáñamo y regadores, con un incremento cercano al 2,71% respecto de septiembre.

Por Mariana GaticaEconomía y campo · · hace 12 d
El peón rural percibirá en octubre un básico superior al millón doscientos mil pesos y sumará adicionales por tarea, antigüedad y zona

La actividad, la categoría y el lugar de trabajo definen la escala salarial que perciben los trabajadores rurales en octubre de 2026. Los montos acordados entre la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) y las entidades empresarias en el ámbito de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) revisten carácter mínimo y pueden complementarse con los adicionales que correspondan según la tarea efectivamente desarrollada. Para el peón general comprendido en el personal permanente de prestación continua, el básico mensual quedó fijado en $1.235.833,53. A ese importe se adiciona una suma no remunerativa de $12.465, por lo que la remuneración de bolsillo alcanza los $1.248.298,53 antes de computar bonificaciones por antigüedad, zona o cualquier otro concepto previsto en el convenio colectivo aplicable.

El incremento respecto del mes anterior se ubica en torno al 2,71%, lo que equivale a $32.646,95 adicionales en el básico del peón general. En términos diarios, la escala de octubre establece un jornal de $54.368,02, al que se suma un componente no remunerativo de $548,37. Las cifras adquieren mayor relevancia cuando se las compara con la campaña anterior: considerando la evolución acumulada de los básicos a lo largo de 2026, los sueldos rurales muestran una recomposición sostenida frente a los valores vigentes en el mismo período de 2025, en línea con el proceso de actualización paritaria que vienen llevando adelante las partes.

Antigüedad y adicionales por zona desfavorable

La antigüedad constituye uno de los factores que inciden de manera directa sobre la remuneración final del trabajador rural. Conforme a la escala acordada, hasta los diez años de servicio la asignación por este concepto equivale al 1% del básico por cada año cumplido, mientras que una vez superado ese umbral el porcentaje se eleva al 1,5% anual. A ello se suma el adicional geográfico del 20% sobre las remuneraciones mínimas para los trabajadores que prestan funciones en las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, regiones caracterizadas por condiciones climáticas y de aislamiento que justifican el reconocimiento.

Tareas específicas con remuneraciones diferenciadas

  • Tractoristas y maquinistas dedicados exclusivamente a la recolección y cosecha de granos y oleaginosas: básico mensual de $1.892.406,17, más $19.087,40 no remunerativos; jornal diario de $83.365,17, con $840,85 no remunerativos.
  • Peón auxiliar de aplicación de fitosanitarios: básico de $1.999.956,44 y suma no remunerativa de $20.172,18.
  • Conductor de equipos autopropulsados de aplicación de fitosanitarios: básico de $2.890.011,27 y suma no remunerativa de $29.149,55.
  • Operario de campo no calificado en tareas de cáñamo: básico de $1.351.719,10.
  • Operario de campo calificado en tareas de cáñamo: básico de $1.377.852,55.
  • Operador de riego presurizado en Catamarca y La Rioja: básico de $1.422.831,64, más $14.351,12 no remunerativos.

Las diferencias entre categorías reflejan la complejidad técnica y los requerimientos propios de cada labor. La conducción de equipos autopropulsados de fitosanitarios, por ejemplo, demanda capacitación específica y manipulación de productos con riesgos asociados, lo que se traduce en una remuneración básica que más que duplica la del peón general. En el otro extremo, las tareas de cáñamo y de riego presurizado en las provincias del noroeste argentino presentan escalas intermedias, aunque superiores a la del peón general, en atención a las competencias técnicas que demanda la actividad.

Cuota de solidaridad y próxima revisión paritaria

Al momento de analizar el recibo de haberes, los trabajadores comprendidos en el convenio deben considerar la cuota de solidaridad prevista en el acuerdo paritario, consistente en un aporte mensual equivalente al 2% de la remuneración. Dicho aporte se destina al sostenimiento de la entidad gremial y de las acciones de representación colectiva, conforme lo establecido en la normativa vigente. De acuerdo con el pronóstico difundido por las partes, las escalas acordadas podrían experimentar nuevas actualizaciones en los próximos meses, en el marco de las negociaciones paritarias que periódicamente revisan los salarios del sector rural en función de la evolución de las variables económicas y de la actividad agropecuaria.

MG
Mariana GaticaEconomía y campo

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