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Viernes, 16 de octubre de 2026
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Casas particulares: nueva suba del 1,7% y un adicional que se incorpora al básico en octubre

Los sueldos mínimos del régimen aumentan 1,7% frente a las escalas de septiembre y se completa el traspaso de la suma no remunerativa abonada en agosto, según la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

Por Mariana GaticaEconomía y campo · · hace 6 d
Casas particulares: nueva suba del 1,7% y un adicional que se incorpora al básico en octubre

El personal de casas particulares arrancó octubre con un nuevo cuadro salarial: las escalas mínimas vigentes se incrementan 1,7% respecto de las de septiembre, en línea con el cronograma de actualizaciones dispuesto por la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. La suba alcanza tanto a las retribuciones mensuales como al valor por hora, según la categoría y la modalidad contratada.

El calendario oficial fija subas escalonadas en lo que resta del año: 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre y diciembre. Con ese sendero, la variación acumulada hasta diciembre se ubicará por encima de la registrada en el tramo final de la campaña anterior, cuando los ajustes habían sido más moderados y concentrados en porcentajes decrecientes.

Qué cambia en la liquidación de octubre

Además del incremento porcentual, la liquidación de este mes incorpora un cambio estructural. La mitad de la suma no remunerativa abonada en agosto pasa a integrar el salario básico a partir de octubre, con lo cual la remuneración fija mensual de las trabajadoras se eleva por encima de lo que indicaría únicamente la suba del 1,7%.

Esa suma no remunerativa había sido de entre 8.000 y 20.000 pesos en agosto, de acuerdo con la cantidad de horas trabajadas semanalmente. Su fraccionamiento en dos cuotas -la primera ya integrada en septiembre y la segunda en este mes- permite que el básico quede estabilizado en un nivel superior y deje de depender de los pagos extraordinarios como herramienta de recomposición.

Adicionales y criterios para calcular el sueldo

  • Antigüedad: corresponde sumar el 1% del salario por cada año trabajado para el mismo empleador, considerando exclusivamente esa relación laboral.
  • Adicional por zona desfavorable: incrementa el salario en 31% y alcanza a La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del partido bonaerense de Patagones.
  • Horas extra en días hábiles: llevan un recargo del 50% sobre el valor de la hora común.
  • Horas extra en sábados después de las 13, domingos y feriados: el recargo se eleva al 100%.
  • Modalidad y categoría: el monto final varía según la tarea y la jornada pactada, con retiro o sin retiro.

Antes de armar el recibo conviene revisar tres variables clave: la categoría efectivamente desempeñada, la modalidad con o sin retiro y la jornada semanal pactada, ya que la franja del adicional de agosto y la incidencia de los adicionales por zona o antigüedad dependen de esos datos. En las provincias patagónicas y en el partido de Patagones, el 31% de adicional impacta sobre un básico que, como se dijo, ya viene robustecido por la segunda cuota de la suma no remunerativa.

En lo que respecta a las horas extra, el criterio de cálculo es directo: primero se obtiene el valor hora del básico actualizado, luego se aplica el 50% en días hábiles o el 100% en sábados después de las 13, domingos y feriados, y ese resultado se suma al sueldo bruto del mes.

Lo que anticipa el cronograma hasta fin de año

De acuerdo con la Resolución 6/2026, en noviembre y diciembre corresponde aplicar un nuevo ajuste del 1,6% sobre las escalas de cada mes, de modo que la trayectoria descendente de los porcentajes no se interrumpe. El esquema completo -1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre y diciembre- deja al régimen con una recomposición sostenida y con el básico ya consolidado en un nivel superior gracias al traspaso de la suma no remunerativa. El pronóstico oficial es estable: incrementos mensuales garantizados y sin componentes extraordinarios adicionales hasta el cierre del año.

MG
Mariana GaticaEconomía y campo

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